EL OBSERVATORIO INFORMA

En el día de hoy, Dª Inmaculada Montalbán Huertas, Vocal del CGPJ y Presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, ha comparecido ante la Subcomisión para el estudio del funcionamiento de la Ley Integral, constituida en el seno de la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados, encargada de evaluar el funcionamiento de la mencionada Ley y de realizar, en su caso, propuestas de modificación.

Ante la misma ha formulado la valoración de que, desde la promulgación de la Ley, la respuesta judicial penal ha mejorado, es más rápida y efectiva, pero que aun queda por hacer y recursos que desarrollar.

Ha recordado el incremento de denuncias por violencia de género -más de 126.000 en 2007 y más de 142.000 en 2008- ante los Juzgados de Violencia sobre la Mujer (JVM), lo que supone en el primer año mencionado una tasa de 54,4 denuncias por cada 10.000 mujeres mayores de 15 años (en relación con el total de la población es de 27,9 denuncias por cada 10.000 habitantes) y de 62,4 denuncias por cada 10.000 mujeres mayores de 15 años en el segundo (en relación con el total de población, 30,8 denuncias por cada 10.000 habitantes).

Ha expresado que, desde la entrada en funcionamiento de los JVM hasta diciembre de 2.008, estos órganos han recibido 132.894 peticiones de órdenes de protección, de las que se acordaron 99.350, un 75 % de las solicitadas. A esta cifra, hay que añadir las órdenes de protección resueltas por los Juzgados de Instrucción en funciones de guardia, en los que han tenido entrada, en el período comprendido entre enero de 2006 y diciembre de 2008 (tres años) más de 27.000 solicitudes (27.080).

En los tres primeros años y medio de aplicación de la Ley integral, más de 95.000 acusados fueron condenados por violencia de género. En el mismo período, los JVM han dictado más de 17.000 sentencias civiles.

Específicamente, ha presentado dos propuestas de reforma legislativa: la primera pretende introducir la formación obligatoria en violencia de género para todos los miembros de la carrera judicial que obtengan plaza, por concurso o ascenso, en Juzgados de Violencia sobre la Mujer, en Juzgados de lo Penal especializados en Violencia de Género o en Secciones Penales y Civiles especializadas en Violencia de Género, a tenor del diseño de especialización en esta materia que establezca el Consejo General del Poder Judicial. La segunda pretende la creación de JVM exclusivos, que agrupen dos o más partidos, a través de la correspondiente reforma de la Ley de Demarcación y Planta Judicial. Ésta era una previsión de la propia Ley Integral que ha sido considerada en diferentes momentos pero que nunca se ha desarrollado definitivamente.

Ha abogado, además, en cuanto desarrollo de la Ley Integral, por la creación de Juzgados de lo Penal especializados en Violencia de Género, especialización que no podrá llevarse a cabo sin el incremento de planta de Juzgados de lo Penal que resulte necesaria. Ha considerado que su determinación debe ir precedida del correspondiente estudio de planta, iniciado ya por el CGPJ, y contemplar específicamente la carga de trabajo de los juicios rápidos, al objeto de garantizar su celebración en el plazo legal de 15 días, obviando las disfunciones actuales.

Asimismo, ha recordado la necesidad de colaboración y dotación presupuestaria por parte del Ministerio de Justicia y las CCAA con competencias transferidas en esta materia para la introducción de las alarmas informáticas en los terminales informáticos de los órganos judiciales competentes para la instrucción y enjuiciamiento de delitos vinculados con la violencia de género, que, a propuesta suya, aprobó el CGPJ el pasado 23 de diciembre, que pretenden asegurar la comunicación inmediata a las víctimas de estos delitos de cualquier acto procesal que pueda afectar a su seguridad, como por ejemplo el alcance y vigencia de las medidas cautelares adoptadas, la situación penitenciaria del imputado o condenado o las sentencias recaídas.

Ha concluido señalando que la ley Integral es un buen instrumento que debe seguirse evaluando, dada la consistencia y resistencia del factor cultural en la eliminación de la violencia contra las mujeres, considerando que su evaluación periódica permitirá reforzarla: no sólo detectando los recursos que han de ponerse en marcha, sino también detectando los problemas y proponiendo nuevas medidas para seguir avanzando en la mejora de la respuesta institucional y en la garantía del derecho a la dignidad humana de las mujeres que sufren violencia.


Madrid 21 de abril de 2.009.